(HACER CLIC SOBRE LA IMAGEN PARA AMPLIARLA Y FACILITAR SU LECTURA)
GRAN CANARIA EN SU ENCRUCIJADA (b)
viernes, 21 de diciembre de 2012
FELIZ NAVIDAD Y PRÓSPERO 2013 DESDE GRAN CANARIA
domingo, 16 de diciembre de 2012
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTO 16º Y EXPOSICIÓN FINAL)
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX
(POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL)
(CONCEPTOS 16º y EXPOSICIÓN FINAL)
(MARZO DE 1993)
En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por "Conceptos" en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos. El ensayo lo componen 16 "Conceptos" que planteo muy esquematizados; en este post tocaré los Conceptos 16º y EXPOSICIÓN FINAL que podrá leerlos a continuación de la relación de Conceptos.
CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO
PRÓLOGO
CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN
CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)
CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II) CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I) CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II) CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I) CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II) CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS CONCEPTO 11º: BIENES CONCEPTO 12º: VIVIENDA CONCEPTO 13º: JUSTICIA CONCEPTO 14º: PRISIONES CONCEPTO 15º: EJÉRCITO CONCEPTO 16º: TURISMO EXPOSICIÓN FINAL CONCEPTO DECIMOSEXTO (TURISMO) Las negociaciones que se han llevado a cabo con la Comunidad Económica Europea no han sido precisamente muy favorables a España, a juzgar por las consecuencias. Podemos observar ahora como casi nada de lo que en España se fabrica ó se cultiva es de utilidad, ó como ahora se dice, "rentable". Estamos viendo como se clausuran industrias, como se arrancan olivos (¿se ha parado a pensar alguien los años que hacen falta para que un olivo produzca, para que se arranquen con semejante alegría?), como la pesca entra en graves dificultades, como se cierran astilleros hasta el extremo que ya no sale ni un solo barco construido en nuestros puertos, como nuestros productos del campo son barridos por los productos importados de la comunidad, como se impone a los ganaderos el sacrificio de vacas lecheras porque, dicen, hay demasiada leche en el mercado, como....bueno, creo que poco nos queda realmente con lo que podamos competir con el resto de Europa.....como no sea.....EL TURISMO. Sí, no hay duda al respecto; el TURISMO, la cenicienta que durante lustros no ha merecido el reconocimiento de haber hecho posible la industrialización de España en los años de la dictadura y que en los años que nos corren es LA UNICA industria EXPORTADORA española que está equilibrando la balanca exterior y que hará posible que el déficit comercial con el exterior no nos lleve a un verdadero abismo, esta industria, precisamente porque son muy pocos los países de la Comunidad que pueden competir con nosotros por no tener el clima adecuado, merece que sea potenciada hasta tal punto que se convierta, una vez más, en la garantía de nuestro equilibrio en reservas de divisas, por lo que es imprescindible que, al mismo tiempo que se suprimen Ministerios como los de Justicia, Portavoz del Gobierno, Relaciones con Las Cortes, Asuntos Sociales, etc., se cree con una suficiente dotación económica el MINISTERIO DE TURISMO exclusivamente, por ser el tratamiento que merece el sector de nuestra economía que va a hacer posible la supervivencia de España como país industrializado y moderno. EXPOSICIÓN FINAL A primera vista, las exposiciones aquí formuladas darán la impresión de que el Estado verá mermados sus ingresos de tal manera que se quedará sin dinero para atender sus obligaciones con los ciudadanos. No obstante, las prestaciones que el ciudadano recibe del Estado -caso seguridad social sobre la que el ciudadano tiene la creencia errónea que es una prestación del Estado a sus ciudadanos, cuando estas prestaciones son pagadas sobradamente por el ciudadano y por su empresa- las recibiría sin la menor duda con mayor eficacia y prontitud, según sus necesidades, por parte de una empresa privada que funcione en un país sin monopolios, con una competencia de mercado, y donde el ciudadano cambiaría de aseguradora si le defraudara. Garantizadas estas prestaciones al ciudadano vía empresa privada, las prestaciones que el Estado da al ciudadano se limitan a las infraestructuras del país, a la enseñanza y al Ejército, como datos básicos, y en los últimos 15 años, en lo que a España se refiere, muy poco dinero ha ido a algunos de estos conceptos, por lo que la mayor parte de los presupuestos del Estado en los últimos años han sido tragados de forma improductiva vía sueldos de personal de la maquinaria estatal; no obstante todo ello, la posible pérdida de recaudación vía impuestos directos se verá compensada al segundo año de entrar en vigor esta Ley con un crecimiento considerable de la actividad económica y un incremento constante de la entrada de nuevos agentes -personas físicas y empresas- en la vida económica de los distintos países, así como la desaparición casi total de la economía sumergida. Por otra parte, las Administraciones Públicas tienen que dejar de ser el anhelado refugio de todo joven que entra en el mercado de trabajo, donde se anquilosan y se queman verdaderos cerebros en aras de la seguridad de un puesto de trabajo de por vida. Las Administraciones Públicas tienen que descargar el 50% de su funcionariado, debiendo comenzar por facilitar la excedencia en su puesto de trabajo por 2 años, prorrogables a 4, a todo funcionario que desee subirse al carro de la iniciativa privada donde el individuo tiene el campo suficiente para realizarse, una vez que estén en vigor las normas que anteriormente se han enumerado. Por otro lado, las bolsas de pobreza a consecuencia del paro y falta de la debida formación profesional están llevando a algunos países a situaciones de desigualdad y clasismo inadmisibles a finales del siglo XX. Toda la pujanza de una mano de obra joven en desempleo, y la jubilación anticipada de innumerables hombres experimentados de la vida económica, son un signo irrefutable del fracaso en que está inmerso el actual sistema económico occidental. Un modelo económico que se permite el lujo de prescindir de la sabiduría y experiencia del hombre maduro y que no es capaz de dar formación profesional a la mano de obra joven y vigorosa que va entrando en el mercado de trabajo, quedando ésta ociosa e inadaptada a la sociedad, -y teniendo en cuenta que hablamos de millones de jóvenes- es, sin duda alguna, un modelo económico fracasado. Ya no es válida la creencia de que estamos inmersos en una crisis COYUNTURAL que, una vez superada, volverá a producirse una reactivación de la economía y un descenso del desempleo. No es cierto; por lo menos no es cierto en lo que a algunos países se refiere -entre ellos España-. No puede producirse una reactivación tal de la economía con el modelo económico actual que pueda absorber la mano de obra en desempleo por la sencilla razón que es éste modelo económico el que ha ido gestando crisis periódicas y sistemáticas para desembocar en la crisis actual que ya se puede tildar como ENDEMICA. A prueba de ejemplo podemos tomar a España -un caso de economía occidental que vivimos de cerca los españoles- : del año 83 al 88 España vivió seis años de bonanza económica y el número de parados no bajó, no obstante, de los dos millones. Ahora bien, si en años buenos el sistema ó modelo económico no pudo absorber esta mano de obra, ¿qué tipo de reactivación tendría que venir para absorber los tres millones de parados que tenemos en la actualidad? ¿Cree alguien que ello es posible con el sistema económico actual? Mucho me temo que la respuesta es NO; y, si la respuesta es NO, ¿hacia dónde vamos? Hacia un túnel sin retorno de seguir por el mismo camino; la cifra de parados irá en aumento y, lo que es muchísimo más grave: la cifra de los agentes productores disminuye y cada individuo que pasa al paro es uno más que deja de producir y cotizar a la seguridad social para los demás, amén de uno más que pasa a depender de las cotizaciones de los restantes cotizantes, y, cuando se le acabe el periodo de prestación, uno más que engrosará la terrible bolsa de marginados sociales, esa terrible bolsa de pobreza que aumenta de forma inflexible e imparable. Para concluir, con el fin de que los agentes económicos puedan tener confianza para invertir esfuerzo, ilusión y dinero a largo plazo, consiguiendo de esta forma un desarrollo estable y continuado -y que este desarrollo quede lo más salvaguardado posible de los vaivenes de la política-, esta Ley deberá necesitar los votos afirmativos de las 3/4 partes del Congreso de los Diputados para poder ser cambiada ó derogada. CONCEPTOS ANTERIORES YA PUBLICADOS 2012-12-12 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 1º, 2º, 3º, 4º, 5º Y 6º) 2012-12-13 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 7º, 8º Y 9º) 2012-12-14 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 10º, 11º, 12º Y 13º) 2012-12-15 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 14º Y 15º)
sábado, 15 de diciembre de 2012
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 14º Y 15º)
(HACER CLIC SOBRE LAS IMÁGENES PARA AUMENTARLAS Y FACILITAR SU LECTURA)
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 14º Y 15º)
(POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL)
(CONCEPTOS 14º: Prisiones; 15º: Ejército)
(MARZO DE 1993)
En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por "Conceptos" en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos.
El ensayo lo componen 16 "Conceptos" que planteo muy esquematizados; en este post tocaré los Conceptos 14º y 15º que podrá leerlos a continuación de la relación de Conceptos.
CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO
PRÓLOGO
CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN
CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)
CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II)
CONCEPTO 4º: FISCALIDAD (III)
CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I)
CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II)
CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I)
CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II)
CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD
CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS
CONCEPTO 11º: BIENES
CONCEPTO 12º: VIVIENDA
CONCEPTO 13º: JUSTICIA
CONCEPTO 14º: PRISIONES
CONCEPTO 15º: EJÉRCITO
CONCEPTO 16º: TURISMO
EXPOSICIÓN FINAL
CONCEPTO DECIMOCUARTO
(PRISIONES)
Las cárceles necesitan un cambio urgente y profundo. Es en las cárceles donde se puede inequívocamente calibrar el grado de cultura y humanidad de un país; una sociedad avanzada y culta es generosa con sus reclusos, porque, aunque cumplen condenas por delitos cometidos y probados, al ser privados de su libertad de movimientos, el más valioso tesoro de todo ser humano después de la salud, pasan a una situación de desvalidos y dependientes de la sociedad cual menores de edad por lo que, si bien es cierto que el Estado a través del Departamento Judicial está facultado para recluir a un ciudadano por delitos cometidos y probados, no es menos cierto que también tiene la obligación de que la reclusión se cumpla en un recinto donde el objeto de la pena -privación de libertad- no lleve implícito el añadido del contagio de una enfermedad mortal como es el SIDA. El alto riesgo de contagiarse de SIDA en las cárceles pasa a convertir una simple condena de años, ó incluso meses, en una posible condena de muerte, y, si el mantenimiento de la Ley y el Orden exigen la existencia de las cárceles para que la sociedad pueda protegerse de sus delincuentes, es imperativo que dichas cárceles ofrezcan las debidas garantías sanitarias a los jueces que dictan las sentencias de privación de libertad de que los convictos a ellas enviados no son sentenciados a penas añadidas de contagio de enfermedades incurables; consecuentemente, se articulará de forma eficaz la siguiente disposición:
1º Todo individuo que ingrese en prisión, tanto en situación preventiva como con condena firme, será sometido a su ingreso a una prueba del SIDA.
2º Todo individuo que sea dejado en libertad, bien por terminación de condena o por comenzar a disfrutar de permisos de fin de semana, volverá a ser sometido a una prueba de SIDA. Si al ingresar el resultado fue negativo y al salir positivo, el Estado estará obligado a indemnizarle de inmediato con 25 millones de pesetas y a asignarle una pensión por lo que le quede de vida no inferior al salario mínimo interprofesional, así como a prestarle la asistencia sanitaria necesaria.
3º El pago de la indemnización y la asignación de la pensión no pone punto final a la responsabilidad del Estado en un caso de contagio, incluso si no es probado que el contagio se debiera a deficiencias sanitarias de la prisión, por lo que dicha suma podrá ser aumentada, pero no reducida, por un tribunal -en el supuesto caso que el ex-recluso decida demandar al Estado ante los tribunales-. De producirse por parte de los tribunales una sentencia en contra del Estado por una cuantía superior a la indemnización ya recibida al salir de prisión, la sentencia de los tribunales será aplicable previa deducción de los 25 millones ya recibidos.
CONCEPTO DECIMOQUINTO
(EJERCITO)
Las cuestiones con el Ejército están claras para casi todos los ciudadanos: es y tiene que seguir siendo la columna vertebral del País, en nuestro caso España. No obstante, precisamente en este ámbito, los países occidentales se diferencian extremadamente en sus conceptos con relación al personal que lo integran, ya que, mientras que en Alemania -por ser el país europeo más cercano a España en sus conceptos militares por tener ambos un Ejército de filosofía prusiana- el servicio militar es obligatorio y el Estado suministra a un soldado de reemplazo un sueldo suficiente para vivir dignamente como soldado, incluso para mantener a su familia si está casado, resulta que en España, que tiene el servicio militar también obligatorio, un soldado de reemplazo recibo 2.000 Ptas. al mes. Huelgan los comentarios al respecto. Está clarísimo que el presupuesto del Ejército tiene que contemplar un sueldo digno para los soldados de reemplazo no inferior al salario mínimo interprofesional y, además, que cada individuo que se incorpore a filas, bien sea hombre ó mujer, esté cubierto con una póliza de seguro no inferior a 50 millones para sus beneficiarios en caso de muerte por accidente y 75 millones para sí mismo en caso de invalidez. Las faltas en que pudiera incurrir el soldado de incorporación forzosa a filas durante su permanencia en el Ejército serán sancionadas, como hasta ahora, por el sistema disciplinario del propio Ejército. No será este el caso en los supuestos de delitos, los cuales serán juzgados por lo civil. Este último supuesto queda automáticamente derogado en caso de guerra. Los soldados de incorporación a filas voluntaria serán en ambos casos juzgados por lo militar.
En todo caso, y en el proceso de seis años, el Ejército se deberá componer exclusivamente de profesionales voluntarios con la debida preparación técnica y física. Mientras tanto, el recluta obligado que se incorpora a filas no puede seguir siendo el paria de la democracia. No es de recibo que el país esté soportando altísimos sueldos y dietas de una infinidad de políticos, todos ellos cargos voluntarios desde el más inactivo concejal de un pueblo pequeño hasta el Presidente de la nación, y que el soldado de incorporación forzosa a filas, no sólo tenga que abandonar su quehacer cotidiano que en muchos casos es vital para el sustento de su familia sino que se convierte además en carga para los suyos durante su permanencia en filas, pues la familia le tiene que mandar el dinero necesario para atender las más imprescindibles necesidades de un soldado. No es de recibo que los "padres de la Patria" vivan a lo grande a expensas de los presupuestos generales del Estado y que los "hijos de la Patria" tengan que tirar todo un mes con 2.000 Ptas.
En lo que a la dotación del Ejército se refiere, está claro que hay que procurar que nuestro ejército reciba el material necesario para afrontar cualquier situación localizada de peligro del suelo Patrio desde Canarias, pasando por Ceuta y Melilla y terminando en Los Pirineos, sin olvidar Las Baleares. Si tenemos en cuenta que nuestro enemigo histórico, Inglaterra, tiene armas nucleares, y nuestro vecino del Norte también, y el del Sur las tendrá también a no muy largo plazo, España debe reconsiderar muy mucho si sus disponibilidades bélicas están a la altura de posibles situaciones adversas de confrontación. Los últimos cincuenta años de guerra fría han demostrado que el miedo es lo suficientemente disuasorio como para hacer posible la paz y entrar en razón sobre ciertos aspectos fundamentales. En lo que a España se refiere, el caso de Gibraltar. En todo caso, y mientras perdure el contencioso de Gibraltar, España debe replantearse su permanencia en la OTAN. No es de recibo que España forme parte de un club en el que se encuentra Inglaterra de forma relevante, mientras esta potencia mantenga una colonia en territorio español con el respaldo de un tratado tropecientas veces incumplido por Gran Bretaña a lo largo de los siglos, denunciado por las Naciones Unidas y mantenido por la supremacía militar británica.
CONCEPTOS ANTERIORES YA PUBLICADOS
2012-12-12 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 1º, 2º, 3º, 4º, 5º Y 6º)
2012-12-13 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 7º, 8º Y 9º)
2012-12-14 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 10º, 11º, 12º Y 13º)
viernes, 14 de diciembre de 2012
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 10º, 11º, 12º Y 13º)
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX
(POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL)
(CONCEPTOS 10º: Dineros ilícitos; 11º: Bienes; 12: Vivienda; 13: Justicia)
(MARZO DE 1993)
En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por"Conceptos" en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos.
El ensayo lo componen 16 "Conceptos" que planteo muy esquematizados; en este post tocaré los Conceptos 10º, 11º, 12º y 13º que podrá leerlos a continuación de la relación de Conceptos.
CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO
PRÓLOGO
CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN
CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)
CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II)
CONCEPTO 4º: FISCALIDAD (III)
CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I)
CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II)
CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I)
CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II)
CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD
CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS
CONCEPTO 11º: BIENES
CONCEPTO 12º: VIVIENDA
CONCEPTO 13º: JUSTICIA
CONCEPTO 14º: PRISIONES
CONCEPTO 15º: EJÉRCITO
CONCEPTO 16º: TURISMO
EXPOSICIÓN FINAL
CONCEPTO DECIMO
(DINEROS ILICITOS)
Avaro recontando su dinero
Los bancos estarán obligados a comunicar a la Fiscalía del Estado sobre movimientos de dineros que 'huelan' a dinero ilícito; en un Estado donde el tope a pagar al fisco sea el 25% de los beneficios obtenidos nadie tiene porqué mover dinero negro y, si se mueve alguno, debe ser investigado.
CONCEPTO DECIMOPRIMERO
(BIENES)
El respeto a la propiedad privada es la esencia de toda Democracia
Sólo pagarán impuestos los bienes productivos y sobre los beneficios obtenidos. No es lícita la confiscación vía impuestos de bienes que no producen.
CONCEPTO DECIMOSEGUNDO
(VIVIENDA)
Una vivienda digna para todos los españoles
Es fundamental conseguir un techo para todos los españoles por lo que hay que poner "mucha carne en este asador".
La construcción de viviendas se potenciará eximiendo de impuestos a todos los factores que intervienen en la construcción de una vivienda, comenzando por el suelo destinado para este fin, el cual quedará libre de todo impuesto (plusvalías, transmisiones, etc. etc.) . Las empresas constructoras que se dediquen a la construcción de viviendas sólo podrán ejercer esta actividad y estarán libres de pagar todo tipo de impuestos, comenzando por el de derechos reales, impuesto sobre el beneficio, (de repartir beneficios sí pagará IRPF el accionista que reciba dividendos), tasas por licencia de obras, etc., etc.
Los Ayuntamientos se obligarán a aprobar suficiente suelo urbanizable de forma que entre suficiente suelo en el mercado y no se produzca especulación por falta de suelo. Al respecto de vivienda, hay que desterrar la idea de que el Estado sólo tiene obligación de hacer viable el acceso a vivienda de las clases menos pudientes. La obligación del Estado con relación a sus ciudadanos es total y hacia todos por lo que el programa de construcción de viviendas debe contemplar todas las capas sociales, exceptuando las altas que no necesitan de ningún plan para tener una vivienda digna, y debe entrar en el mercado oferta suficiente para las distintas economías familiares.
Una imagen vale más que mil palabras
Al respecto de las viviendas, los bancos deberán cambiar su siniestro "coeficiente de caja" por un "coeficiente de viviendas" y estarán obligados a dar créditos con la sola garantía de la vivienda para la cual es pedido el crédito, previa, lógicamente, comprobación de los ingresos del solicitante. Los intereses que se apliquen por este concepto sólo podrán sobrepasar en dos puntos el interés que el banco paga por un depósito de un millón de Ptas. y se actualizarán según el mercado vaya reaccionando.
CONCEPTO DECIMOTERCERO
(JUSTICIA)
El mazo de La Justicia debe golpear con absoluta independencia
La Justicia dejará de tener un Ministro de Justicia y pasará a ser un ENTE TOTALMENTE INDEPENDIENTE. El Consejo Supremo de Jueces, su máximo poder, será elegido por los jueces. NINGUN JUEZ DEL CONSEJO DE JUECES PODRA SER ELEGIDO POR UN PODER POLITICO.
En lo que a la Justicia de carácter civil se refiere se autorizará de inmediato las sociedades de JUDICATURA PRIVADA a las que pueden dirigirse, de mutuo acuerdo, aquéllas partes en litigio que así lo hayan previsto en sus contratos, siendo de obligado cumplimiento el aceptar un litigio entre dos partes por esta vía si el contrato incluye esta estipulación, incluso si una de las partes pretende renunciar a esta estipulación cuando se origina el motivo del litigio. Estas JUDICATURAS PRIVADAS no podrán asumir materias de tipo penal.
El CONSEJO DE JUECES para decidir en calidad de última instancia sobre decisiones judiciales de corte civil, tanto de tipo privada como de justicia estatal, estará constituido por un juez de cada empresa privada de judicatura existente en el país y un juez estatal por cada uno de empresa privada, con un total de once magistrados como máximo.
CONCEPTOS ANTERIORES YA PUBLICADOS
2012-12-12 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 1º, 2º, 3º, 4º, 5º Y 6º)
2012-12-13 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 7º, 8º Y 9º)
jueves, 13 de diciembre de 2012
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 7º, 8º Y 9º)
NADA ES ETERNO
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX
(POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL)
(CONCEPTOS 7º: Seguridad Social I, 8º: Seguridad Social II y 9º: Fondo de Solidaridad.)
(MARZO DE 1993)
En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por"Conceptos" en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos.
El ensayo lo componen 16 "Conceptos" que planteo muy esquematizados; en este post tocaré los Conceptos 7º, 8º y 9 que podrá leerlos a continuación de la relación de Conceptos.
CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO
PRÓLOGO
CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN
CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)
CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II)
CONCEPTO 4º: FISCALIDAD (III)
CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I)
CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II)
CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I)
CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II)
CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD
CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS
CONCEPTO 11º: BIENES
CONCEPTO 12º: VIVIENDA
CONCEPTO 13º: JUSTICIA
CONCEPTO 14º: PRISIONES
CONCEPTO 15º: EJÉRCITO
CONCEPTO 16º: TURISMO
EXPOSICIÓN FINAL
CONCEPTO SEPTIMO
SEGURIDAD SOCIAL (I)
La Seguridad Social del empleado será a cargo del empleado y en ningún caso a cargo de la empresa. Para todo empleado que tenga unos ingresos brutos por debajo de 4 millones de Ptas. la reducción del pago del IRPF se efectuará de inmediato -y no escalonada durante 6 años- de forma que el tener que hacerse cargo de su seguridad social no le imponga un desequilibrio económico insalvable.
CONCEPTO OCTAVO
SEGURIDAD SOCIAL (II)
Cada ciudadano está obligado a estar inscrito en una aseguradora y cotizar por su seguridad social para estar debidamente cubierto, con inclusión de las enfermedades mentales en su cobertura. No estará obligado, no obstante, a que sea la seguridad social del Estado en la que esté inscrito. El Estado sí puede obligarlo a inscribirse en su seguridad social si el ciudadano desatiende su cobertura. El control a este efecto deberá ser eficaz. En todo caso, el Estado estará obligado a prestar asistencia sanitaria a aquéllos ciudadanos que no dispongan de medios económicos para su propia cobertura. La comprobación de esta situación por parte de la Administración pertinente será inmediata y sin excusas posibles por parte de ésta en atender una emergencia sanitaria de estas características.
CONCEPTO NOVENO
FONDO DE SOLIDARIDAD
Las empresas, si bien no tendrán que cotizar a la seguridad social por sus empleados, no obstante, durante tres años NO PRORROGABLES sí cotizaran las mismas cantidades que venían cotizando por sus empleados a una caja especial creada expresamente y controlada por la patronal, con intervención de los sindicatos, que tendrá la finalidad de proveer un fondo de solidaridad, el 25% del cual se destinará a formación profesional, el otro 25% a financiar un plan de emergencia para poner al día la lista de espera de intervenciones quirúrgicas existente en la actualidad por la vía de contratación suplementaria con clínicas privadas y el restante 50% a reserva de asistencia al paro en previsión de que el primer año de entrada en vigor el despido libre en las empresas (el 3º año de entrada en vigor esta Ley) se produzca un aumento excesivo en desempleados y que la asistencia social estatal no sea capaz de asimilar. Las prestaciones del seguro de paro las tiene que recibir el beneficiario inexcusablemente al mes siguiente de haber causado baja en la empresa.
El Estado también deberá crear la misma caja especial y con los mismos fondos que las empresas privadas y también ésta tendrá la intervención de los sindicatos. Quedan suprimidos todo tipo de subvenciones estatales a las empresas para fomentar la admisión de empleados. Transcurridos los tres años mencionados, la formación profesional pasará a ser financiada por el Estado en su integridad, siendo los Sindicatos los más indicados para controlar y vigilar la formación profesional que reciben sus afiliados, ya que la mayor garantía que puede dársele a un individuo para conservar su puesto de trabajo es una buena formación profesional y un buen comportamiento cívico en la empresa.
CONCEPTOS ANTERIORES YA PUBLICADOS
2012-12-12 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 1º, 2º, 3º, 4º, 5º Y 6º)
miércoles, 12 de diciembre de 2012
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (CONCEPTOS 1º, 2º, 3º, 4º, 5º Y 6º)
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX
(POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL)
(CONCEPTOS 1º (RECONVERSIÓN), 2º: (FISCALIDAD I), 3º: (FISCALIDAD II), 4º: (FISCALIDAD III), 5º: (CONTRATACIÓN LABORAL I), 6º: (CONTRATACIÓN LABORAL II)
MARZO DE 1993)
En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por "Conceptos" en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos.
El ensayo lo componen 16 "Conceptos" que planteo muy esquematizados; en este post tocaré los Conceptos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º que podrá leerlos a continuación de la relación de Conceptos.
CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO
PRÓLOGO
CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN
CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)
CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II)
CONCEPTO 4º: FISCALIDAD (III)
CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I)
CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II)
CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I)
CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II)
CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD
CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS
CONCEPTO 11º: BIENES
CONCEPTO 12º: VIVIENDA
CONCEPTO 13º: JUSTICIA
CONCEPTO 14º: PRISIONES
CONCEPTO 15º: EJÉRCITO
CONCEPTO 16º: TURISMO
EXPOSICIÓN FINAL
CONCEPTO PRIMERO
(RECONVERSIÓN)
Trazar un plan de reconversión del modelo económico actual de 6 años, en cuyo transcurso se deberán desarrollar los conceptos detallados a continuación. Este plan deberá tener el carácter de Ley para su inexcusable cumplimiento.
CONCEPTO SEGUNDO
(FISCALIDAD I - PERSONAS FÍSICAS)
Todos los ciudadanos pagarán al fisco de acuerdo con sus ingresos partiendo del punto CERO y subiendo progresivamente hasta el punto 25. Es decir, el tope que un ciudadano pagará a hacienda por el beneficio obtenido, bien por trabajo personal ó por rendimiento de capital, sería el 25%. Como punto de referencia y de comparación podemos citar que un ciudadano que gane al año 4 millones de Ptas. pagaría al fisco un 5% aproximadamente.
CONCEPTO TERCERO
(FISCALIDAD II - EMPRESAS / PERSONAS FISICAS)
Se suprime la doble imposición, es decir, cualquier ciudadano que tenga una empresa y ésta haya repartido beneficios después de haber pagado al fisco lo estipulado por dichos beneficios, (máximo 25% de los beneficios brutos), no tendrá que cotizar por el concepto de IRPF por los dineros que le vengan a dicho ciudadano por este concepto.
CONCEPTO CUARTO
(FISCALIDAD III - FRAUDE FISCAL)
Queda suprimido el fraude fiscal como delito. Se penaliza el fraude, no obstante, con el pago de 10 veces lo defraudado. Si un ciudadano, ó una empresa, no puede pagar una multa por este concepto le serán intervenidos por el Estado parte de sus ingresos, ó sus beneficios en el caso de empresas, hasta el pago total de la multa, pero nunca podrá el Estado confiscar por la vía ejecutiva a un ciudadano de sus propiedades, ó a una empresa de sus útiles de producción. De producirse una situación en la que se estime como única vía de recobrar lo debido la confiscación de propiedades, dicha iniciativa sólo podrá tener lugar por la vía judicial y nunca por la ejecutiva. Si el ciudadano sólo puede defenderse contra el Estado por la vía judicial, el Estado no puede seguir siendo omnipotente por los siglos de los siglos y confiscar a sus ciudadanos por una vía que no les dejan ninguna posibilidad de defensa, sobre todo teniendo en cuenta que el ciudadano es parte del Estado y que se supone que el Estado está al servicio del ciudadano.
CONCEPTO QUINTO
(CONTRATACION LABORAL I)
Libre contratación y despido de todo empleado que comience a partir de ahora en una empresa previo preaviso mínimo de un mes. El despido libre se amplía a partir de los dos años de entrada en vigor de esta Ley a todos los empleados de las empresas con las pertinentes limitaciones que necesitarán de la conformidad de las autoridades laborales estatales. (A título de ejemplo podemos citar como exclusiones: 40 años cumplidos y mas de 15 años en la empresa, minusválidos, embarazadas, minusvalías originadas en la empresa, aprendices con contrato de aprendizaje, y una corta etc.)
Por supuesto que las reglas de juego de la vida laboral en la empresa privada será de aplicación en las Administraciones Públicas, donde, además, el funcionario público será corresponsable con la Administración del perjuicio que sea ocasionado al ciudadano, bien por negligencia ó intencionadamente, debiendo figurar en todo expediente ó documento expedido por la Administración a un ciudadano, además de la firma autorizada, el cajetín con el nombre legible y la firma del funcionario que ha tramitado el expediente.
La jubilación será voluntaria hasta la edad de 70 años, partiendo de un mínimo según la actividad ejercida, y, en ciertas profesiones en las que no interesa a la comunidad la pérdida de cerebros, no será obligatoria. Siempre será preferible el aguantar a diez viejos seniles que perder un solo cerebro privilegiado antes de tiempo.
CONCEPTO SEXTO
(CONTRATACION LABORAL II)
La contratación podrán efectuarla las empresas directamente con el aspirante al puesto, ó bien por medio de cualquier agencia de colocación privada, por medio del INEM ó por medio de cualquier sindicato.
CONCEPTOS ANTERIORES YA PUBLICADOS 2012-12-11 LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (POR UN NUEVO ORDEN ECONOMICO MUNDIAL) (PRÓLOGO)
martes, 11 de diciembre de 2012
LA QUIEBRA DE LOS DOS GRANDES CONCEPTOS ECONÓMICOS DEL SIGLO XX (PRÓLOGO)
(MARZO DE 1993)
En el mes de marzo de 1993 escribí un mini ensayo sobre la situación económica de España de la época el cual no fue publicado. Dado que la situación de la economía española en la actualidad es muchísimo más grave que la que motivó este mini ensayo en 1993, lo publico por "Conceptos" en este blog sin ningún tipo de retoque o actualización, motivo por el cual no incluye aspectos actuales de nuestra economía como pudieran ser la política de subvenciones practicada por los últimos Gobiernos de la Democracia española, muy difícil de entender por la ciudadanía, especialmente aquéllas otorgadas a sindicatos, patronales y partidos políticos, entes todos ellos que se suponen deben ser mantenidos por sus propios afiliados, así como el tremendo problema político y económico que España se ha agenciado con el asunto de las Autonomías. Por tanto, el lector, quienquiera que se tome el tiempo de leerlos, tendrá que trasladarse mentalmente a la época en que se escribió y sacar provecho, si en algo le fuese provechoso, de lo que de él hoy pueda ser aplicable a la situación actual de crisis económica profunda en la que España está sumida, en el bien entendido que hay conceptos que ya han sido lógicamente superados en los 19 años transcurridos.
El ensayo lo componen 16 "Conceptos" que planteo muy esquematizados; en este post tocaré su Prólogo que lee, a continuación de la relación de Conceptos, como sigue:
CONCEPTOS TRATADOS EN ESTE MINI ENSAYO
PRÓLOGO
CONCEPTO 1º.- RECONVERSIÓN
CONCEPTO 2º: FISCALIDAD (I)
CONCEPTO 3º: FISCALIDAD (II)
CONCEPTO 4º: FISCALIDAD (III)
CONCEPTO 5º: CONTRATACIÓN LABORAL (I)
CONCEPTO 6º: CONTRATACIÓN LABORAL (II)
CONCEPTO 7º: SEGURIDAD SOCIAL (I)
CONCEPTO 8º: SEGURIDAD SOCIAL (II)
CONCEPTO 9º: FONDO DE SOLIDARIDAD
CONCEPTO 10º: DINEROS ILÍCITOS
CONCEPTO 11º: BIENES
CONCEPTO 12º: VIVIENDA
CONCEPTO 13º: JUSTICIA
CONCEPTO 14º: PRISIONES
CONCEPTO 15º: EJÉRCITO
CONCEPTO 16º: TURISMO
EXPOSICIÓN FINAL
PRÓLOGO
El fracaso y quiebra del sistema económico del bloque comunista, después de 70 años de vigencia, ha tenido como causa fundamental la total ausencia de motivación del individuo en la toma de iniciativas para la mejora de su status social, y ello debido al dirigismo del sistema totalitario comunista que excluía la iniciativa privada en la generación de actividad económica. Como consecuencia de ello, el concepto económico comunista no sólo ha fracasado estrepitosamente sino que, además, ha dejado detrás de sí una sociedad inválida en la toma de decisiones e iniciativa empresarial que tendrá que afrontar largos años de penuria antes de que pueda entrar en el mercado de la competitividad con un mínimo de posibilidades de éxito.
El otro gran fracaso económico del siglo actual lo está representando el modelo económico occidental ó capitalista, y, también, por la misma razón: DESMOTIVACION DEL INDIVIDUO; en este caso a causa de agobio impositivo fiscal.
Ambos modelos han evolucionado con el transcurrir de los años -y el acceso de las izquierdas al poder en Occidente- hacia una meta casi sinónima, por muy contradictorio que nos parezca: LA SOCIALIZACION DE LOS ESTADOS.
El Estado comunista parte ya desde su base en que es el Estado el único propietario de todo bien que se encuentre dentro de sus fronteras y el único empresario por excelencia, por lo que no tiene porqué utilizar sistemas fiscales impositivos de carácter expropiatorios para alcanzar el dominio de la propiedad del país pero que, al no existir ningún estímulo de superación por parte del individuo productor, éste se convierte en un parásito del sistema, desapareciendo la productividad ó valor de trueque de lo recibido por lo producido, terminando el sistema, como ha sido el caso, en su quiebra absoluta.
En lo que al patrón económico de corte occidental se refiere, su quiebra está también servida a no muy largo plazo estando de hecho ya en lo que llamarían los expertos "quiebra técnica" pues, si como ocurre en España, un país con 40 millones de habitantes con una población activa de 12 millones -y digo "población activa" y no productiva- y su cifra de desempleados forzosos supera ya los 3 millones, sin visos de que esta cifra se reduzca a medio plazo, está claro que los empleados PRODUCTIVOS de los 12 millones de personas activas no podrán aportar con sus esfuerzos los ingresos suficientes para cubrir las necesidades de los 40 millones de población. Consecuentemente, a menos que se produzca un cambio drástico en los parámetros económicos que se siguen actualmente, la quiebra del sistema económico occidental también está servida, porque:
Los impuestos que a lo largo de los años se han ido creando y aumentando de forma progresiva en Occidente han llegado a tal punto que el Estado se queda con un tanto por ciento elevadísimo del ingreso del ciudadano, llegando incluso en algunos países a superar el 80% de los mismos, según la cuantía de lo percibido. (En España, por ejemplo, cualquier persona que funde una empresa y cierre su balance anual con beneficios tendrá que satisfacer al fisco el 35% de estos beneficios, y, si decide repartir los beneficios habidos, tendrá que abonar por el concepto de IRPF lo que le corresponda como persona física por el beneficio que haya percibido, pudiendo llegar hasta el 56% , según la cuantía recibida, por lo que el recibir el beneficio de su capital para su libre disfrute puede costarle a cualquier español el previo pago al fisco del 71% del beneficio bruto obtenido, (35% por parte de la empresa y 56% por la vía del IRPF). Ante estas expectativas, no debe sorprender a nadie que cada día se creen menos empresas, que cada día se cierren más empresas, y si no se cierran aún más es porque la mayoría de los pequeños y medianos empresarios no pueden desligarse de su actividad sin perder todo cuanto tienen ó lo poco que les queda para poder tirar.
En el sistema económico occidental, el Estado, vía impuestos, "expropia" al ciudadano del producto de su trabajo de forma progresiva de tal manera que el individuo pierde el estímulo para crear actividad, tanto de carácter empresarial como personal, encareciendo vía tasas, impuestos, toda la actividad comercial hasta el extremo que cualquier individuo que quiera iniciar una actividad comercial tendrá que efectuar fuertes desembolsos de dinero no productivo en tasas, amén de largos procesos de tramitación burocrática.
Consecuentemente, mientras el sistema comunista asumió toda la decisión --pero también la responsabilidad- de dar ocupación a toda la población en edad productiva y de atender todas las necesidades fundamentales, como sanidad, enseñanza, alojamiento, suministros de víveres, etc., el sistema occidental lo ha sabido 'hacer mejor'. El Estado no corre ningún riesgo; se limita a recaudar grandes trozos del producto del trabajo de sus ciudadanos, quienes, cuando les vienen las cosas mal ven como 'su' Estado le expropia sus propiedades vía ejecutivo, incluso útiles imprescindibles de producción en la marcha de empresas son confiscados por esta vía, si no han podido hacer frente al pago del capítulo de impuestos que también el Estado se haya encargado de asignarle de acuerdo con las reglas del juego, sus reglas, aprobadas en cámaras de mayorías absolutas de signo socialista, como es el caso de España.
Hay países occidentales donde el contribuyente, si bien no paga con excesivo agrado, por lo menos tiene la sensación que sus impuestos son utilizados por la Administración del Estado de forma correcta en la medida en que salta a la vista que los servicios fundamentales -sanidad, enseñanza, asistencia al desempleo, infraestructuras, etc.- están bien atendidos, por lo que no cunde del todo el desaliento y la sensación de expolio que existe en otros países, España entre ellos, en los que el contribuyente se siente, según necesite prestaciones del Estado, estafado, además de vigilado y , a causa del avance de la informática, completamente desnudo e indefenso ante la Administración, habiéndose generado la sensación en el ciudadano que los numerosos impuestos que paga por distintos conceptos sólo sirven para alimentar el tremendo aparato de la Administración que halla su justificación en el acoso y control cada vez más estricto y preciso del ciudadano.
La voracidad recaudatoria del Estado ha llegado a tal punto en algunos países que está acabando con la ilusión y la iniciativa del individuo. En lo que a España se refiere, hay que tener en cuenta que ha sido un país de tolerancia fiscal hasta hace unos años y ha pasado a ser en un cortísimo período de tiempo uno de los de mayor presión fiscal de la Europa Occidental. El ciudadano español paga a las Administraciones Públicas por numerosos conceptos y no sólo por el IRPF. A título de ejemplo baste el impreso oficial que hay que rellenar para cualquier trámite, y por el que hay que pagar, ó como una simple multa de tráfico por aparcamiento indebido puede llegar hasta la cuantía de 50.000 pesetas. (50.000 Ptas.es casi el salario mínimo interprofesional que en España lo reciben un vasto número de españoles). El legislador que contempla una penalización de semejante cuantía por aparcamiento indebido de un vehículo está muy lejos, y totalmente de espaldas, a las realidades y posibilidades del hombre de la calle. Este señor parece legislar para una sociedad de millonarios; indiscutiblemente no sabe lo que es para una familia tirar un mes con 50.000 Ptas. En todo caso, no existe nada comparable en la Europa Occidental en lo que a la cuantía de la penalización por este concepto se refiere.
Lo expuesto, a grandes rasgos, nos puede llevar a la conclusión que el sistema económico occidental necesita urgentemente y sin demora cambiar su modelo económico de socialización vía impuestos, que ha convertido a los Estados en asilos de funcionarios y parados, de forma que los agentes que juegan un papel decisivo en crear actividad económica -individuo, empresa y dinero- reciban el estímulo necesario e imprescindible para que se pongan en movimiento y que el dinero entre con decisión y confianza en los canales de creación de actividad y riqueza de los distintos países. Para que esto pueda ocurrir es necesario que se articulen los siguientes CONCEPTOS:
(Continuarán en el siguiente post los Conceptos 1º (Reconversión) y 2º (Fiscalidad I, II y III)